Como dijimos en nuestra primera nota, las candidaturas truchas -llamadas «testimoniales»- eran una burla a la ciudadanía, pero no eran impugnables conforme a la legislación vigente.
La impugnación de las candidaturas procede cuando el candidato no tiene los requisitos exigidos por la ley. En el caso de los candidatos a diputados nacionales, los jueces deben verificar dos extremos: a) la edad (tener 25 años cumplidos al momento en que deban asumir el cargo en caso de resultar electo) y b) el hecho de ser nativo del distrito por el que se presenta o acreditar 2 años de residencia inmediata en dicho distrito (los dos años cumplidos al momento de asumir en el caso de resultar electo).
No hay ninguna norma en el ordenamiento jurídico argentino, ni en la Constitución, ni en el Código Electoral Nacional, ni en los tratados internacionales que autorice a los jueces a dejar fuera de la competencia a un candidato en función de sus dichos, discursos, escritos, declaraciones, ni intenciones.
La propia ley prevé qué sucede en caso de que un candidato -aun un candidato a presidente- renuncie antes de la elección, entre la elección y la asunción del cargo y obviamente después de haberse hecho cargo.
El Juez Federal con competencia Electoral de la Plata, el Dr. Blanco, resolvió que no había base legal para impugnar las candidaturas llamadas testimoniales de Scioli y de Massa. La decisión del juez es absolutamente correcta y ajustada a Derecho.
Obviamente contra los fallos del Dr. Blanco se lanzaron todos los dardos. Las críticas han apuntado al blanco equivocado.
Las candidatruchas son un invento de Nestor Kirchner que, una vez más se burla de la ciudadanía, de la república, de la democracia. No es la primera vez, lo hace sistemáticamente, deteriorando peligrosamente la calidad de nuestra democracia. Las críticas deben apuntar en esa dirección.
La respuesta eficaz a esa manipulación indecente de las reglas electorales debería ser el repudio de la ciudadanía en las urnas.
Pretender que la Justicia ponga coto a las andanzas del ex-presidente y sus secuaces y que para hacerlo impida la candidatura de una persona en función de sus supuestas intenciones o sus declaraciones es abrir la puerta a un peligro mucho mayor. El antecedente será nefasto. Hoy se impedirán las candidaturas testimoniales, mañana un juez podría impedir la candidatura de alguien que haga declaraciones en contra del oficialismo de turno, o anuncie que de ser electo iniciará acciones contra los que detentan el poder, o podría hacer lugar a las impugnaciones porque alguien dijera que esas son las intenciones del candidato.
La Cámara Nacional Electoral tiene en sus manos la resolución del caso. Hacemos votos para que confirme el criterio del Juez Blanco.