La Presidenta Kirchner anunció esta semana el envío al Congreso de su proyecto de ley sobre «Democratizaciíón de la Representación Política, Transparencia y Equidad electoral». El proyecto es una especie de ley omnibus, bastante defectuosa en su redacción, que incluye cuestiones de organización electoral, regulación de encuestas, elecciones primarias abiertas, normas para la creación y mantenimiento de partidos políticos, regulación de campañas y el financiamiento de la política. En sucesivas notas nos ocuparemos de las diversas cuestiones.
Empecemos por la Transparencia en materia de financiamiento de la política. El proyecto de la Presidenta Kirchner representa en esta materia un notable retroceso con relación a la situación actual.
Después de mucho batallar para conseguir que los ciudadanos pudieran acceder a información sobre quién financia a los candidatos, en 2002 se aprobó la ley 25.600 que, pese a los efectos del veto del entonces Presidente Duhalde, constituyó un avance en materia de transparencia. En efecto, a partir de las elecciones de 2003 los partidos deben informar a los ciudadanos 10 días antes de la elección cuántos fondos han recibido (aportes públicos y privados), quién ha hecho los aportes (con identificación de nombre o razón social, DNI, CUIT o CUIL), cuál ha sido el monto de cada aporte, si ha sido un aporte en efectivo o en especie. También se debe informar sobre los gastos realizados, con detalle de en qué se ha gastado, cuánto se ha pagado, a quién, etc. Asimismo, la ley exige en ese informe previo que los partidos incluyan la estimación de lo que recibirán y gastarán en total en los 10 días de campaña que restan.
El informe previo tiene por finalidad brindar al ciudadano interesado información sobre quién está detrás de los candidatos, en tiempo útil para que decida su voto. Saber quién financia a un candidato o grupo de candidatos dice mucho sobre la credibilidad, confiabilidad y coherencia de los candidtos y también sobre los compromisos que están asumiendo con quienes los financian, lo que permite presumir cuál será la conducta de esos candidatos cuando tengan que tomar decisiones, en el caso de resultar electos.
Los ciudadanos tenemos derecho a conocer esa información. No se trata de la generosidad de nadie. Es un derecho. La información debe estar accesible para el que esté interesado.
El proyecto del gobierno elimina el informe previo. El gobierno pretende ocultar esa información al elector antes de que vote. No hay ninguna explicación respecto de la derogación en los fundamentos del proyecto. La derogación propuesta es en sí la prueba de que el contenido de los informes molestaba a algunos dirigentes. No es de extrañar la propuesta del gobierno ya que es coherente con la tendencia a ocultar o manipular la información que debería ser pública (Para muestra, dos ejemplos: lo que se viene haciendo con las estadísticas públicas en el INDEK y lo que ha sucedido recientemente con la página www.mejordemocracia.gov.ar).
Otro aspecto del proyecto de Kirchner que representa un retroceso en materia de transparencia se vincula con los informes finales. La Presidenta propone la incorporación de un artículo en la Ley de Financiamiento de la Política, 26.215, para regular el contenido de dicho informe. Se trata del artículo 58 bis que bajo la apariencia de exigir mucha información incluye una trampa. El artículo establece la información mínima que los partidos deberán consignar. Todo lo demás será información que los partidos podrán agregar si lo desean. Nadie se los podrá exigir. Pero además, cuando se refiere específicamente a los aportes, el texto propuesto dice «El informe deberá contener y precisar claramente: el monto de los aportes recibidos y la naturaleza de los mismos, el destino y el total de las sumas gastadas en el proceso electoral por rubros, así como los comprobantes de egreso con las facturas de respaldo correspondientes». Los partidos no tienen que informar sobre el origen de esos fondos, es decir sobre quién los aportó.
El dato sobre quién hizo el aporte, de cuánto fue el aporte de cada donante, cuándo lo hizo, si lo hizo en efectivo o en especie, cuál es la identificación tributaria del donante, etc. permite acceder a información significativa. Por ejemplo, gracias a que la ley vigente exige información detallada al respecto, pudimos saber que el Sr. Forza, asesinado en el triple crimen y vinculado al caso de la efedrina y con cientos de cheques rechazados por falta de fondos, había aportado a la campaña de la Presidenta Kirchner, a través de varios cheques (que llamativamente sí habían sido pagados). También pudimos saber que entre los aportantes a la campaña del Frente para la Victoria en 2007, figuraban otras personas y empresas que están siendo investigadas por la justicia en causas relacionadas con falsificación de medicamentos y los subsidios que otorgaba la Superintencia de Salud a cargo, por entonces, del Sr. Capaccioli, entre otras cuestiones. También pudimos saber que personas que figuraban como monotributistas aportaban a la campaña cifras superiores al total de la facturación anual de un monotributista. También pudimos saber que mientras De Narvaez decía que su campaña la había financiado con su plata, en realidad declaraba haber aportado sólo una parte mínima de aquellos gastos. Con los nombres de los donantes, algunos periodistas pudieron ir a corroborar la información y se encontraron con personas que figuraban como aportantes y no habían puesto un peso. Otra irregularidad.
La información detallada sobre los aportantes es muy útil para establecer vínculos entre funcionarios, decisiones de gobierno y beneficiarios. En resumen la mayor cantidad de información disponible sobre quién financia las campañas contribuye al control de la gestión de gobierno y a la lucha contra la corrupción.
Como en las enumeraciones se pueden «olvidar» algunos detalles, lo mejor sería no modificar la ley. Viendo el texto del proyecto oficial, queda claro qué quería decir el Ministro Randazzo en su «Propuestas para la modificación de la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos (Ley 26.215)» cuando en el Punto 7 decía: «Control de Financiamiento de Campañas Electorales. En el informe final deberá (sic) figurar los gastos mínimos de la campaña«.
Sr. Ministro; Sra. Presidenta: No queremos conocer «los gastos mínimos». Tenemos derecho a conocer en detalle todo lo que ingresa y todo lo que se gasta en la campaña. Con el texto de la ley vigente, podemos exigir toda la información sobre aportes y gastos detalladamente.
Por cierto, para facilitar aun más el acceso a la información, Poder Ciudadano ha puesto online una base interactiva donde se concentra toda la información presentada por los partidos a la Justicia Electoral, y donde cada interesado puede hacer búsquedas por partido, por alianza, por distrito, por donantes, etc. Así se trabaja a favor de la transparencia: www.dineroypolitica.org
Otro retroceso en materia de de transparencia se oculta en la prohibición del aporte de personas jurídicas. En efecto, ese tipo de prohibición antes que evitar los aportes de las empresas lo que hace es generar incentivos para que los mismos se canalicen a través de personas físicas que operan como fachadas. Ya hemos visto que tampoco nos informarán sobre el nombre de estas personas, aunque los partidos deberán consignarlos en sus libros. Este tipo de prohibición es particularmente útil para dificultar el control de la gestión de gobierno y su vinculación con los aportes de campaña. En el mejor de los casos, se podrá conocer que Juan, Pedro y María aportaron a la campaña, pero los que ganarán licitaciones, obtendrán contratos de obra pública, accederán a licencias de medios de comunicación, etc. etc. serán empresas. Descubrir la vinculación entre aquellas personas y estas empresas requerirá largas investigaciones y no siempre será posible descubrir la relación. Para evitar que las empresas se oculten detrás de los aportantes individuales, en algunas legislaciones se redobla el esfuerzo en torno a la información que se hace pública, por ejemplo, se exige que cada aportante declare dónde trabaja, quiénes son sus clientes, cuál es su residencia y cuál su domicilio de trabajo,etc. etc.
En fin, si el proyecto se aprueba como ha sido enviado por la Sra. de Kirchner, en materia de transparencia en el financiamiento estaremos como en el juego infantil ….. «tres pasos atrás, atrás, atrás».
Sería lamentable!