En Argentina no hay ninguna disposición que obligue al presidente o funcionario público a abandonar la administración de su patrimonio. En otros países se establece la obligación de constituir un fideicomiso con el patrimonio del funcionaro y otorgar la administración a otra persona o institución, para prevenir y evitar las conflictos de interés. En Argentina no hay nada similar. El funcionario puede seguir administrando su patrimonio y sólo está obligado a presentar anualmente su declaración jurada.
Existen sí llimitaciones en cuanto a los negocios que puede hacer, algunas derivadas de incompatibilidades con el cargo, otras que tienen que ver con no utilizar los recursos del Estado, su influencia o la información privilegiada a la que puede acceder en su beneficio personal. Por eso se cuestionó en 2008 que la Presidenta fuera miembro del directorio de una consultora en temas económicos.
Otras declaraciones sobre el tema, en la nota de Silvina Alonso, en El CRONISTA, del 14 de Agosto de 2009
http://www.cronista.com/notas/199751-como-manejan-sus-patrimonios-los-lideres-del-mundo