La publicidad de los actos de gobierno es uno de los pilares del sistema republicano ya que es la herramienta que permite evitar la arbitrariedad de los gobernantes. Contar con datos sobre lo que el gobierno decide es esencial para ejercer el control, administrativo, judicial y ciudadano.
El principio de publicidad exige que el dictado de decretos secretos (al igual que la de utilización de fondos reservados, por ejemplo) esté limitado al máximo, reservado para casos excepcionales claramente definidos por la ley.
Es sumamente peligroso que se deje a la discrecionalidad del Ejecutivo el decidir si asigna carácter secreto a algún decreto y por cuanto tiempo se mantiene el secreto. El secreto de las decisiones de gobierno puede ser la antesala del abuso de poder, la corrupción o la arbitrariedad.
En las democracias desarrolladas la necesidad excepcional de dictar algunas medidas secretas, para proteger la seguridad nacional, en tiempos de guerra, por ejemplo, se balancea con la obligación de transparencia, a través del establecimiento de un plazo de secreto, pasado el cual la información se desclasifica y se hace accesible al público. Los plazos máximos de secreto de decisiones gubernamentales se ubican entre los 10 y los 25 años. En Argentina todavía no contamos con una ley de acceso a la información pública, en la que esta cuestión debería estar regulada.
Es llamativo que el gobierno se niegue a hacer públicos los decretos secretos dictados por gobiernos de facto que terminaron hace casi 28 años. ¿En base a qué principio jurídico un gobierno democrático protege el secreto de las decisiones de una dictadura?
La negativa es todavía más llamativa, si se tiene en cuenta que el Congreso sancionó en 2006 una ley obligando a la publicación de todas las leyes secretas. Muchas de las cuales, una vez conocidas, demostraron no tener nada que ver con la seguridad nacional o la protección de los intereses superiores de la Nación o con graves asuntos de Estado, que es el parámetro utilizado por la Corte Suprema.
Sobre el particular, ver el interesante artículo de Claudio Savoia, publicado en CLARIN del 15 de Mayo de 2011.