El misterioso 257. La Cámara de Diputados de la Nación está integrada por 257 miembros. Ese número -que se ha mantenido estable desde la provincialización de Tierra del Fuego- surge de una ley de 1982 en la que el gobierno militar estableció la fórmula para determinar cuántos diputados le correspondían a cada distrito. El resultado de esta fórmula es el número de diputados que cada distrito tiene en la actualidad.
La ley 22.847 toma como base el censo de 1980 (27,9 millones de habitantes) y establece que cada distrito tendrá 1 diputado cada 161.000 habitantes o fracción superior a 80.500. Hasta allí, la ley respeta el principio constitucional que establece que el número de diputados debe ser proporcional a la población.
Pero la ley de 1982 introdujo otros elementos en la ecuación que alteran la relación directa población-diputado. En efecto, sin importar cuál sea el resultado del cálculo anterior, la ley «regala» 3 diputados a todos los distritos. Además, la ley introdujo otro elemento distorsivo al establecer dos límites mínimos: a) ningún distrito puede tener menos de 5 diputados y b) ningún distrito puede tener menos diputados que los que tenía en el Congreso en 1976 cuando se produjo el golpe militar.
La distorsión en la relación población-diputado produce lo que se conoce como sub y sobrerrepresentación. Los distritos poco poblados están sobrerrepresentados en el Congreso y los distritos más poblados están subrepresentados.
¿Qué efectos produce la sobre y subrepresentación? La sobre y sub representación en Diputados altera no sólo la base de representación de cada diputado, sino que atenta contra el principio de igualdad del voto y, por lo tanto afecta también la igualdad entre los habitantes.
Veamos algunos datos. Un diputado por la provincia de Córdoba representa en la actualidad a 183.826 habitantes; mientras que un diputado por la provincia de Santa Cruz representa a 54.792 habitantes. Sin embargo, cuando se trata de decidir en la Cámara el voto de ambos diputados vale lo mismo, aunque uno represente en la práctica a casi 3 veces más de personas.
La distorsión en la relación población diputado hoy oscila entre 1 diputado cada 223.215 habitantes en la provincia de Buenos Aires y 1 diputado cada 25.441 en Tierra del Fuego. Esta distorsión no puede justificarse en la búsqueda de un equilibrio entre los distritos. En el esquema constitucional argentino, la Cámara de Diputados representa población y es en el Senado donde los distritos están representados con igual peso, sin importar si son grandes o pequeños, cercanos o distantes del puerto, más o menos desarrollados.
La sobre y sub representación en la Cámara Baja afecta también el valor del voto, contradiciendo el principio constitucional del voto igual. Cuando los ciudadanos votamos por el presidente y vicepresidente de la Nación, en el país como distrito único, el voto de todos tiene el mismo valor y peso. Pero cuando votamos diputados, no es así. Obtener una banca en la Cámara de Diputados por el distrito Tierra del Fuego exige menos votos que los que hacen falta en Córdoba, Santa Fe o Buenos Aires.
Algunas alternativas
Hasta el momento se han realizado -ya en democracia- 3 censos de población, sin embargo nunca se ha revisado el número de diputados. El aumento de población de 27,9 millones a 40 millones debería suponer un ajuste.
La primera opción sería aplicar la fórmula de la ley de 1982 sobre la base de los resultados del censo de 2010. Esta solución presenta algunos problemas. En primer lugar la fórmula seguiría siendo inconstitucional en la medida en que distorsiona la relación población-diputado, al aplicar el plus de 3 y los mínimos.
El segundo problema se relaciona con el número total de diputados. En efecto, de aplicarse la fórmula de la ley 22.847, el total de diputados pasaría de 257 a 327. Nadie en su sano juicio propondría semejante cosa. Argentina no necesita 70 diputaos más. En realidad, habría que estudiar una disminución del número de miembros de la Cámara.
Si se mantuviera la fórmula hoy vigente ajustada a los resultados del censo 2010, la provincia de Buenos Aires pasaría a tener 100 diputados, en lugar de los 70 que tiene en la actualidad. Córdoba pasaría de 18 a 24; Santa Fe de 19 a 23; Salta de 7 a 11; Mendoza de 10 a 14 y Tucumán de 9 a 12. Pero, como dijimos, el incremento en el número de diputados por distrito es absolutamente impresentable con un Congreso desprestigiado, paralizado por momentos y transformado las más de las veces en una simple escribanía del gobierno.
Los distritos beneficiados por los mínimos que establece la ley difícilmente apoyarían una ley para quitarse el privilegio. No se trata sólo de las provincias «chicas». Capital Federal no sólo tiene el plus de 3 diputados -como todos los distritos- sino que tiene 4 diputados más. La razón: en 1976 tenía 25 diputados. Si se aplicara la fórmula Capital Federal mantendría el privilegio -aunque por su población más el plus de 3, le corresponderían 21 diputados. En este esquema, el mínimo de 5 sólo beneficiaría a Tierra del Fuego que por su población y con el plus de 3 sólo llegaría a 4 diputados. El resto de los distritos con 5 diputados (Catamarca, La Pampa, La Rioja y Santa Cruz) alcanzarían esa cifra con su población y el plus de 3.
Otra alternativa sería la de modificar la ley, volviendo al esquema constitucional de la relación directa entre población y número de diputados por distrito. Al hacerlo habría que aprovechar para elevar el número de habitantes por diputado para evitar aumentar el número total de miembros de la Cámara.
El censo de 2010 ofrece una excelente oportunidad a los legisladores para revisar la ley que fija el número de diputados y al hacerlo corregir las distorsiones en la relación población-diputado. Sería interesante también que aprovecharan la ocasión para reducir el número total de representantes.
Publicado en EL ESTADISTA, Nº 45, Buenos Aires del 23 de Noviembre al 8 de diciembre de 2011