Financiamiento Poltítico desde la Perspectiva de Género


El tema de la participación de las mujeres en política no debe reducirse a un enfoque de derechos de una parte de la sociedad. La cuestión va mucho más allá y afecta directamente la calidad de los sistemas políticos. Cuando más de la mitad de la población de un país no está adecuadamente representada en los procesos de toma de decisión, el problema no es meramente la posible existencia de discriminación, el problema hace a la esencia misma de la democracia como forma de organización política que debe garantizar la inclusión de todos los sectores.

Al 1º de Mayo de 2015 el promedio mundial de representación de mujeres en los parlamentos del mundo es de sólo el 22,1%, cuando las mujeres representan el 49,6% de la población mundial. Las cifras señalan con claridad que estamos frente a un déficit democrático.

La inclusión, como condición constitutiva de la democracia, no se agota en el concepto clásico de representación formal, sino que implica la participación amplia, plena y en condiciones reales de igualdad de toda la población en la dirección de los asuntos públicos y en la determinación del destino común de una sociedad.

Para garantizar inclusión no alcanza con la presencia física en los órganos de gobierno, es necesario garantizar los derechos políticos, sociales, económicos y culturales de toda la población y asegurar los mecanismos para que la participación de todas las personas se traduzca en la atención de sus opiniones, intereses y necesidades. En muchos países, la incorporación de las mujeres en puestos de decisión no ha implicado la adopción de la agenda de género, ni ha logrado transversalizar la mirada de género en los procesos de decisión y el diseño e implementación de las políticas públicas.

Una herramienta de política pública que se utiliza con frecuencia, particularmente en América Latina, para generar condiciones de factibilidad de la participación de género es la regulación del financiamiento de la política. No hay en esta materia recetas universales. Cada país debe elaborar su propia respuesta adaptada al contexto social y cultural, a las condiciones económicas y al sistema político. ….

Ver el artículo completo en la Revista DERECHO ELECTORAL, del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, Número 20, Julio-Diciembre 2015, http://www.tse.go.cr/revista/art/20/ferreira_rubio.pdf